NOVENO COMUNICADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L.

Por medio del presente comunicado, queremos poner en su conocimiento la situación actual del concurso.

1. Evolución procesal del concurso.

Como ya apuntamos en nuestro anterior comunicado, de 30 de junio de 2008, el Juzgado Mercantil nº 6 admitió a trámite ochenta demandas incidentales impugnando el inventario y/o la lista de acreedores del informe presentado por la administración concursal. A fecha de hoy, 30 de octubre de 2008, aún queda pendiente de dictarse diez sentencias de distintos incidentes concursales.

Por tanto, tal y como ya indicamos, hasta que no se terminen de dictar por el Juez todas las sentencias, esta administración concursal no podrá proceder a emitir los textos definitivos de la lista de acreedores e inventario, incorporando todas las resoluciones judiciales y modificaciones acordadas o comunicadas por Ustedes. Tras el correspondiente auto dictado por el Juez se procedería al cierre de la fase común, y a la apertura de la fase de convenio.

Esto quiere decir, en términos más coloquiales, que una vez determinados tanto el importe al que ascendería el inventario (masa activa) como el importe al que ascendería, a su vez, la lista de acreedores (masa pasiva), el Juzgado convocará a todas las partes (acreedores y concursada) a la celebración de una junta de acreedores, con el fin de poder aprobar un convenio que haya sido presentado bien por la concursada, bien por los acreedores.

Por otra parte, uno de los citados incidentes fue presentado por la representación procesal de la concursada, inadmitiéndose por el Juzgado, y siendo recurrido ante la Sección 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid. Estamos a la espera de la resolución de este recurso.

Varias de las vistas celebradas hasta la fecha han finalizado en desistimiento, allanamiento o transacción. El objetivo de esta administración concursal ha sido en todo momento minimizar los costes de los interesados que pretendían defender su derecho con legitimidad. En los casos en que los acreedores han litigado de mala fe, conociendo que no tenían razón, o buscando su propio interés por encima de la paridad de los acreedores (par conditio creditorum) la administración concursal ha tratado de obtener su condena en costas, siempre defendiendo el menor coste de la masa.

En las vistas se han discutido una serie de cuestiones, que han venido a reforzar por parte del Juzgado los criterios inicialmente expuestos por la administración concursal, como la naturaleza jurídica de los contratos de “Mandato de Compra y Venta (MC/MV)”, de “Constitución de Patrimonio Artístico (CPA)” y de “Compraventa, Depósito, Aseguramiento y Comisión de Venta sin Pacto de Recompra (VDA)”.

Por otra parte, hasta que no estén dictadas todas las sentencias, ésta administración concursal no va a poner en marcha el procedimiento para devolver las obras a sus

legítimos titulares (en los contratos VDA), o bien para recibir aquéllas obras que los depositarios deban devolver al almacén de la sociedad (en los contratos MC/MV y CPA).

Como ya indicamos, ya se ha establecido un criterio al respecto; es decir, los contratos VDA son los únicos finalmente calificados como contratos de compraventa por el Juzgado, por lo que los titulares recibirán la obra en satisfacción de sus créditos. El resto de los acreedores que tengan créditos reconocidos, y obras de arte en su poder, es decir, los contratos MC/MV y CPA deberán devolverlas a la concursada, para que sus créditos les puedan ser satisfechos.

2. Actuaciones económicas

A continuación detallamos las últimas actuaciones dentro del ámbito económico y comercial.

a) La actual Administración sigue manteniendo un control exhaustivo de las políticas implantadas en cuanto a reducción de costes y supresión de gastos.

b) A pesar de la situación actual del sector nmobiliario, se siguen alquilando los inmuebles propiedad de Arte y Naturaleza.

Dado que la Administración Concursal está siguiendo el criterio de no vender inmuebles, ni de alquilarlos a encimientos muy largos, la dificultad comentada en el párrafo anterior se incrementa a la hora de arrendar ciertos edificios singulares de dimensiones significativas. El motivo fundamental es la exigencia por parte de los potenciales inquilinos de conseguir un arrendamiento por un plazo largo, con el objetivo lógico de poder amortizar las obras de acondicionamiento que se suelen realizar para adaptar los locales a sus necesidades.

También cabe mencionar en este apartado que la Administración Concursal no ha llevado a cabo ninguna operación de alquiler de sus inmuebles con opción a compra.

Esta práctica, que en la actualidad es muy habitual en este sector y que ha sido solicitada por numerosos interesados, facilitaría el poder obtener, durante un plazo relativamente largo, una adecuada rentabilidad. No se ha realizado por entender que estas operaciones podrían considerarse ventas de inmovilizado y por tanto sujetas a la aprobación previa y explícita del Juez.

c) La implantación de los procedimientos mencionados anteriormente, junto con la rentabilidad de los activos financieros, están permitiendo, en la medida de lo posible, mantener la unidad de la masa.

d) Como ya se comentaba en el anterior comunicado, la Administración Concursal elaboró un modelo de Contrato de Agencia, con el objetivo de atender a la petición de antiguos empleados y colaboradores que mostraron su interés en participar en la venta de obra. Con el fin de facilitar la participación a todos aquellos que estén interesados, se ha puesto a disposición de los interesados, un modelo de Contrato de Agencia para que nos sea remitido, una vez firmado, a las oficinas de Arte y Naturaleza, cuando hayan sido aclaradas la totalidad de las dudas que pudieran surgir en su interpretación.

e) En el anterior comunicado se informaba que se estaban adoptando medidas, entre las que se encontraba la contratación de un director artístico para la venta de las obras de arte en el mercado. Esta contratación se ha realizado, siendo contratada para este fin a la empresa MUDMEDIA.

Por último, se están realizando acciones destinadas a la venta de la obra artística en poder de ARTE Y NATURALEZA.

El trabajo desarrollado se menciona a continuación:

1) Adecuación del trabajo realizado inicialmente por la Administración Concursal, el cual ya ha sido expuesto en anteriores comunicados.

2) Desarrollo de una base de datos general que facilita la posibilidad de seleccionar la totalidad de las obras con distintos criterios, permitiendo a su vez, hacer propuestas adecuadas a los posibles compradores y a los diferentes medios de distribución. Esta nueva base, que se encuentra en la fase final de su desarrollo, permitirá, asimismo, cargar los datos imprescindibles para el análisis, presentación y venta de la enorme y dispar colección de arte propiedad de Arte y Naturaleza.

3) Contactos para la Venta. Además de los iniciados por la Administración Concursal, comentados en anteriores comunicados, la dirección artística ha mantenido diferentes contactos con importantes coleccionistas, principalmente españoles y con algunos extranjeros, y con sociedades españolas de distribución y venta al por menor que disponen de puntos de venta en la práctica totalidad de provincias españolas con el objetivo de iniciar esta actividad a la mayor brevedad posible.

4) Asimismo se están fijando fechas para la realización de varias subastas, antes de finalizar el año en curso, con la colaboración de diferentes empresas que han mostrado su interés.

3. Comunicaciones

En relación a las consultas que se reciben en las direcciones de correo electrónico de la Web, ésta administración concursal está intentando, en la medida de lo posible, contestar aquellas consultas que por sus especiales características no han quedado resueltas en los diferentes comunicados.

Hay además comunicaciones referidas a cambios de domicilio y otra serie de datos, de las que estamos tomando debida nota, con el fin de incluirlas en la base de datos de ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L. para futuras notificaciones y para incluirlas en los textos definitivos.

En espera de volvernos a poner en contacto con ustedes, tan pronto queden dictadas las diez sentencias pendientes y podamos informarles de más novedades, les saludamos muy atentamente, quedando como siempre a su disposición.

La administración concursal

En Madrid, a 30 de octubre de 2008

Comunicado AC AYN 301008

OCTAVO COMUNICADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L.

Por medio del presente comunicado, queremos poner en su conocimiento la situación actual del concurso.

1. Evolución procesal del concurso.

Como se recogía en nuestro comunicado anterior, de enero de 2008, después de la presentación del informe de la administración concursal, se abrió el plazo para presentar las impugnaciones al inventario y a la lista de acreedores que en el mismo se contenían. A raíz del mismo se recibieron en el Juzgado de lo Mercantil número 6 que conoce del concurso de ARTE Y NATURALEZA GESPART, SL ochenta demandas incidentales impugnando dicho inventario y lista de acreedores. La última demanda incidental ha sido recibida por la administración concursal el 25 de junio de 2008.

Durante los tres últimos meses se han celebrado prácticamente todas las vistas de las citadas demandas incidentales, siendo las últimas las celebradas durante el mes de junio de 2008, si bien quedan aún dos vistas para celebrar.

Tan pronto se fijen las fechas para la celebración de las citadas vistas y se dicten las respectivas sentencias por el Juez, esta administración concursal procederá a emitir los textos definitivos de la lista de acreedores e inventario a los que se incorporarán todas las resoluciones judiciales y modificaciones solicitadas.

Varias de las vistas celebradas hasta la fecha han finalizado en desistimiento, allanamiento o transacción. El objetivo de esta administración concursal ha sido en todo momento minimizar los costes de los interesados que pretendían defender su derecho con legitimidad. En los casos en que los acreedores han litigado de mala fe, conociendo que no tenían razón, o buscando su propio interés por encima de la paridad de los acreedores (par conditio creditorum) la administración concursal ha tratado de obtener su condena en costas, siempre defendiendo el menor coste de la masa.

En las vistas se han discutido una serie de cuestiones, que han venido a reforzar por parte del Juzgado los criterios inicialmente expuestos por la administración concursal, como la naturaleza jurídica de los contratos de “Mandato de Compra y Venta (MC/MV)”, de “Constitución de Patrimonio Artístico (CPA)” y de “Compraventa, Depósito, Aseguramiento y Comisión de Venta sin Pacto de Recompra (VDA)”. Además se han tratado otros asuntos de enorme interés como la  calificación de los créditos contingentes, y la posibilidad de la administración concursal de proceder a establecer un procedimiento para devolver obras a sus legítimos titulares (en los contratos VDA), o bien proceder a recibir aquéllas obras que los depositarios deban devolver alalmacén de la sociedad (en los contratos MC/MV y CPA). Esta administración concursal ya ha establecido su criterio al respecto; es decir, los contratos VDA son los únicos finalmente calificados como contratos de compraventa, por lo que los titulares recibirán la obra en satisfacción de sus créditos. El resto de los acreedores que tengan créditos reconocidos, y obras de arte en su poder, deberán devolverlas a la concursada, para que sus créditos les puedan ser satisfechos.

Por lo tanto, corroboramos la afirmación vertida en nuestro anterior comunicado: los últimos seis meses han consistido en la fijación de las fechas para la celebración de las vistas sobre los ochenta incidentes presentados acerca de la impugnación del inventario y lista de acreedores presentados por esta administración concursal en su informe.

Es importante indicar que, una reciente sentencia 1653/2008 de la Sala de lo Social de Sevilla del TSJ de Andalucía ha permitido que la administración concursal pueda presentar una acción de reintegración a la masa; consistente en tratar de obtener la devolución de unos fondos que han salido de la concursada y que ARTE Y NATURALEZA tiene derecho de reclamar de vuelta.

2. Actuaciones económicas

Es importante recalcar las actuaciones de la administración concursal en el ámbito económico y comercial. A este respecto se recoge un somero resumen de la línea de actuación de la administración concursal, destinada a informar a los acreedores, y sin perjuicio de que las acciones concretas se manifiesten por los cauces oportunos, al Juez del concurso.

Con respecto a las actuaciones económicas o de gestión, se ha procedido a finalizar la retirada y almacenaje de la obra ubicada en las diferentes delegaciones llevando la misma al almacén de Madrid, y procediendo así a la realización de un recuento físico de la totalidad de la obra depositada en los almacenes de la sociedad. Esto significa que esta administración concursal ya tiene inventariada y centralizada en los almacenes de Algete la totalidad de las citadas obras.

Se ha procedido a la comprobación de la singularidad de cada asignación de obra, es decir, que no se haya asignado, en contrato alguno, la misma obra en más de una ocasión.

Se ha procedido al análisis de la situación de las diferentes sociedades que componen el Grupo Arte y Naturaleza, resolviendo en cada caso lo que se ha considerado más beneficioso en interés del concurso.

La administración concursal ha solicitado a la Agencia Tributaria, la devolución de los impuestos más significativos a favor de las diferentes sociedades filiales, habiendo conseguido, al día de la fecha, la totalidad de los importes solicitados.

Se han implantado por parte de la Administración concursal políticas destinadas a la reducción de costes, desde la supresión de gastos, a la resolución de contratos de arrendamiento.

Por otro lado, se han adoptado medidas para la rentabilización de activos, sobre todo de los inmuebles, para mantener la unidad de la masa y producir beneficios en la medida de lo posible con la misma, mediante el alquiler a plazo medio de los mismos.

Por último, se están realizando acciones destinadas a la venta de la obra artística en poder de ARTE Y NATURALEZA, con adopción de medidas como la contratación de un director artístico para la colocación de obras de arte en el mercado.

Para facilitar el inicio de la venta de obra se procedió en primer lugar, a fotografiar y registrar en un CD, la totalidad de la obra no adjudicada a clientes clasificada en originales, obra gráfica, fotografía y escultura. Respecto de los iconos se decidió no fotografiarlos, debido al gran volumen existente.

Después, se procedió a la elaboración de un modelo de contrato de agencia, con el objetivo de atender a la petición de antiguos empleados y acreedores que mostraron su interés en participar en la venta de obra.

Además se han firmado contratos con empresas de venta por Internet, de ámbito nacional e internacional y se han iniciado contactos con galerías de arte de reconocido prestigio internacional, con el fin de poder vender la obra disponible en los mercados de Londres y Nueva York. Se han iniciado igualmente contactos con distribuidores alemanes e italianos interesados en la compra de facsímiles.

Por último, se han mantenido diferentes reuniones con artistas de renombre nacional e internacional encaminadas a conseguir su colaboración y ayuda en la venta del gran volumen de obra disponible, propiedad de ARTE Y NATURALEZA, intentando no influir negativamente en el mercado por saturación.

3. Comunicaciones

Reiteramos lo indicado en anteriores comunicados sobre las consultas que se reciben en las direcciones de correo electrónico de la Web: la administración concursal no puede contestar individualmente a las preguntas más frecuentes, puesto que la mayoría de ellas se refiere a saber cuál es la situación actual del concurso, de la que se informa a través de esta Web.

Hay además comunicaciones referidas a cambios de domicilio y otra serie de datos, de los que estamos tomando debida nota En espera de volvernos a poner en contacto con ustedes, tan pronto finalicen las vacaciones judiciales y podamos informarles de más novedades en septiembre les saludamos muy atentamente, quedando como siempre a su disposición.

La administración concursal

En Madrid, a 30 de junio de 2008

Comunicado AC AYN 300608

 

SÉPTIMO COMUNICADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L.

Por medio del presente comunicado, queremos poner en su conocimiento la situación actual del concurso.

Después de presentarse el informe de la administración concursal, se abrió el plazo para efectuar impugnaciones al inventario y a la lista de acreedores que en el mismo se contenían.

Finalizado dicho plazo, se fueron recibiendo en el Juzgado demandas incidentales impugnando dicho inventario y lista de acreedores. Algunas de ellas, por parte de las distintas asociaciones de afectados, organizaciones de consumidores, despachos de abogados, y otras por parte de afectados. A dichas demandas se han ido realizando las correspondientes contestaciones por parte de la administración concursal y por parte de aquellos que se han personado en el concurso con abogado y procurador.

Paralelamente, se han ido celebrando en estos últimos meses las primeras vistas sobre los primeros incidentes concursales recibidos, en los que se han discutido por las partes intervinientes, entre otros asuntos, sobre la naturaleza jurídica de los contratos de “Mandato de Compra y Venta (MC-MV)”, de “Constitución de Patrimonio Artístico (CPA)” y de “Compraventa, Depósito, Aseguramiento y Comisión de Venta sin Pacto de Recompra (VDA)”, y cuyas primeras sentencias judiciales, por considerar que deben tener conocimiento de las mismas debido a su importancia, han quedado colgadas en el apartado de “Resoluciones Judiciales” de esta Web para su consulta.

Consideramos que la actividad procesal del concurso durante los próximos seis meses va a consistir en que se van a seguir fijando fechas por el Juzgado para la celebración de vistas sobre los incidentes presentados acerca de la impugnación del inventario y lista de acreedores.

Por otra parte, y con el fin de ahorrar costes, nos hemos trasladado a las instalaciones de ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L. sitas en la calle Lagasca, nº 38, donde manteniendo el mismo número de teléfono, seguimos a su disposición.

No contestamos individualmente a las preguntas más frecuentes, puesto que la mayoría de ellas se refieren a saber cual es la situación actual del concurso, de la que ya estamos informando; así como para comunicar cambios de domicilio, u otros datos, de los que estamos tomando debida nota.

En espera de volvernos a poner en contacto con ustedes, no antes de seis meses, salvo que exista algún acontecimiento importante, les saludamos muy atentamente, quedando como siempre a su disposición.

La administración concursal

En Madrid, a 8 de enero de 2008

Comunicado AC AYN 080108

SEXTO COMUNICADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L.

Ponemos en su conocimiento, en relación con el plazo de impugnación del inventario y de la lista de acreedores contenidos en el Informe de la administración concursal, que en fecha 4 de julio de 2007 en el Diario El Mundo; que en fecha 4 de julio de 2007 en el Diario La Razón; y que en el día de hoy en el BOE, ha sido publicada la Providencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, por la que se dejaba sin efecto la publicación de la presentación del Informe de la administración concursal, en el portal de Internet del Registro Mercantil.

Por lo tanto, al haberse publicado en los tres medios que especificaba la referida Providencia, les informamos que el plazo de DIEZ DÍAS para impugnar el inventario y la lista de acreedores contenidos en el Informe presentado por la administración concursal, finalizaría el próximo día 23 de julio.

Atentamente,

La administración concursal

En Madrid, a 9 de julio de 2007

Comunicado AC AYN 090707

 

QUINTO COMUNICADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L.

Ponemos en su conocimiento, en relación con la impugnación del inventario y de la lista de acreedores contenidos en el informe de la administración concursal, que, visto el contenido de la Sentencia de 28 de marzo de 2.007, dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo (BOE de 11 de junio de 2007), en cuanto que anula determinados artículos del Reglamento del Registro Mercantil, en la redacción dada por el Real Decreto 685/2005, de 10 de junio, sobre publicidad de resoluciones concursales, se ha acordado mediante Providencia de fecha 22 de junio de 2007, dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, dejar sin efecto la publicación de la presentación del Informe de la administración concursal en el portal de Internet.

Con el fin de causar el menor perjuicio a los acreedores, se va a proceder a publicar el contenido de esta Providencia en un diario de tirada nacional, en otro de mayor difusión de la provincia y en el BOE, siendo a partir de la última de estas publicaciones cuando comience a computarse el plazo de DIEZ DÍAS para impugnar el inventario y la lista de acreedores contenido en el Informe presentado por la administración concursal. Por este mismo medio se dará a conocer la fecha de las publicaciones para conocimiento de todos los interesados.

Por lo tanto, todavía no ha finalizado el plazo para impugnar el inventario y la lista de acreedores del informe de la administración concursal.

Atentamente,

La administración concursal

En Madrid a 25 de junio de 2007

Comunicado AC AYN 250607

CUARTO COMUNICADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L.

Por medio del presente comunicado, les hacemos saber que en fecha de 14 de mayo de 2007 se presentó ante el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, el Informe de la administración concursal.

Como ya les hemos ido anunciando, en este Informe se determina cuál es el inventario de bienes y derechos de ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L. y su lista de acreedores, en la que se recoge la identidad de cada uno de ellos, la causa, la cuantía del crédito reconocido por principal y por intereses, las fechas de origen y vencimiento, sus garantías personales o reales y la clasificación del crédito.

Aquellos que estén personados en el procedimiento, recibirán en los próximos días copia del informe a través de sus procuradores. Aquellos que no lo estén, podrán consultarlo acudiendo al Juzgado. Ningún dato les será facilitado vía telefónica.

No obstante, en los próximos días recibirán una comunicación individualizada, remitida por esta administración concursal a cada uno de los interesados, en la que se les indicarán los datos y demás circunstancias de su crédito. En está comunicación se hará constar que, de conformidad con el artículo 95.1 de la Ley Concursal, disponen del plazo de diez días, a contar desde la fecha de la última de las publicaciones de los Edictos que se harán en los próximos días en el diario La Razón (Nacional), el diario El Mundo (Madrid), el Boletín Oficial del Estado y en la página Web del Registro Mercantil, para impugnar el inventario y la lista de acreedores. Para presentar impugnaciones será necesario estar representado por procurador y asistido de letrado.

En relación con la declaración del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto sobre el Patrimonio, les indicamos lo siguiente:

– Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: para los contratos de mandato y contratos de cuentas en participación, los anticipos vencidos y cobrados entre el 1 de enero al 5 de diciembre de 2.006, se deben considerar como rendimientos del capital mobiliario.

– Impuesto sobre el Patrimonio: no se facilita información alguna, por cuanto está pendiente de aprobación judicial la lista definitiva de acreedores, al encontrarse la sociedad en concurso.

Atentamente,

La Administración Concursal

En Madrid a 23 de mayo de 2007

Comunicado AC AYN 230507

TERCER COMUNICADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L.

Como muchos de Ustedes ya saben, el Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid a petición nuestra, acordó mediante Auto de fecha 15 de marzo del 2.007 la suspensión de las facultades de D. Guillermo García del Toro, de administrar el patrimonio de AYN y su sustitución en tales funciones por esta administración concursal.

Consecuencia de la adopción de esta medida por el Juez, estos administradores concursales están tomando decisiones que permitirán, en beneficio de todos, controlar más de cerca la marcha diaria de la empresa.

Esta nueva situación ayudará, entre otras cosas, a que se pueda confeccionar de una manera más segura y efectiva el informe de la administración concursal. Por medio de este informe la administración concursal va a determinar cuál es el inventario de AYN a valor de mercado y cuál es la lista de acreedores de AYN, (sin perjuicio del resultado

de las impugnaciones que en el momento procesal oportuno y en su caso, pudieran corresponder), determinándose así la situación patrimonial de la empresa. La fecha límite para la presentación de este informe ante el Juzgado de lo mercantil número 6 de Madrid, es el día 14 de mayo de 2.007.

Esperando que esta nueva situación sea más beneficiosa para todos, se despide atentamente.

La administración concursal

En Madrid a 20 de abril de 2007

Comunicado AC AYN 200407

SEGUNDO COMUNICADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L.

En cumplimiento de lo que la Ley concursal dispone, nos complace informarles de que la administración concursal de ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L. ya ha remitido la carta de comunicación de créditos a todos los posibles afectados por el presente procedimiento.

Dicha carta esta personalizada para cada afectado y en ella se contienen todos los datos
de todos los contratos que haya firmado con la concursada, de tal forma que si están
conformes con los datos reseñados es suficiente con devolverla firmada antes del 23 de
enero.
Por ello, queremos comunicar a todos los que aún no la hayan recibido, que de acuerdo
con la información que nos ha facilitado Correos, durante toda esta semana todavía van
a seguir llegando cartas a sus destinatarios, por lo que les rogamos que tengan paciencia
y que sólo si no la han recibido antes del día 19 de enero se descarguen la carta a los
afectados y sus documentos adjuntos que se encuentran a su disposición en esta página
Web.
La administración concursal

En Madrid, a 15 de enero de 2007

Comunicado AC AYN 150107

 

COMUNICADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART SL.

Como muchos de ustedes ya conocen, mediante Auto de fecha de 5 de Diciembre de 2.006, el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, en Autos de concurso Ordinario 505/2006, ha declarado en concurso voluntario a la sociedad ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L. (en adelante A Y N). Tras esta declaración, si bien el administrador único de Arte y Naturaleza continuará en el ejercicio de sus funciones manteniendo en consecuencia las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, éstas quedarán sometidas a la intervención o conformidad de los tres administradores concursales que hemos sido nombrados por este juzgado:

El abogado D. José María de la Cruz Bértolo, el auditor de cuentas y economista D. José Vicente Estrada Esteban, y el acreedor D. Eugenio Martín Martín, quién ha designado al auditor de cuentas D. Julián José Barrios Sánchez.

Entre los cometidos de la administración concursal, además de la intervención en la administración y disposición del patrimonio de A Y N, se encuentra la preparación de un Informe que recoja el inventario del activo de la sociedad, es decir los bienes y derechos de los que sea propietaria, así como la determinación de su masa pasiva, es decir, las deudas totales de la sociedad confeccionando la correspondiente lista de acreedores.

De acuerdo con lo que la Ley dispone, la declaración de concurso ha sido objeto de la necesaria publicidad: el día 18 de diciembre de 2006 en el diario La Razón, el día 20 de diciembre de 2006 en el diario El Mundo y el día 23 de diciembre de 2006 en el BOE.

Esta última fecha de publicación es la que determina la fecha límite para que los acreedores soliciten la inclusión en el procedimiento concursal de los créditos de los que son titulares frente a A Y N.

Como la Ley establece y con el fin de elaborar la lista de acreedores en la que se determinará la masa pasiva de la concursada, esta administración concursal está enviando a todos los posibles acreedores de A Y N, un escrito personal en el que constan de forma individualizada los datos obrantes en A Y N en relación con sus contratos, informándoles asimismo de la obligación legal que tienen de comunicar sus créditos al Juzgado.

Como se hace constar en estas cartas, los acreedores tienen el plazo de un mes a contar desde la última de las publicaciones de la declaración del concurso, para comunicar su crédito al Juzgado, es decir, este plazo finalizará el próximo día 23 de enero.

Con el fin de ir proporcionando información de interés general relativa al procedimiento concursal de A Y N, en los próximos días entrará en funcionamiento una página Web (www.administracionconcursalayn.com) que será actualizada conforme vayan sucediéndose las oportunas actuaciones que impone el proceso concursal. Mientras tanto, se utilizará a tal fin la página Web de la empresa concursada.

La administración concursal

En Madrid, a 3 de enero de 2007

Comunicado AC AYN 030107